sábado, 28 de noviembre de 2009

Día de la Abolición del Ejército

El Presidente de la República y los ministros de la Presidencia, de Seguridad Pública, de Educación Pública, de Cultura, Juventud y Deportes y Relaciones Exteriores y Culto,

Considerando:

  1. Que la idiosincracia costarricense está estrechamente ligada a la vocación nacional de desarme, neutralidad y paz dentro de los principios de libertad y democracia que constituyen un sentimiento ancestral y una herencia que deben mantenerse.
  2. Que, desde su incruenta independencia en 1821. Costa Rica adoptó el régimen de derecho como norma de conducta, habiendo evolucionado hacia una sociedad en la que la institución militar perdió sentido progresivamente ante la fuerza de la razón.
  3. Que el 1º de diciembre de 1948 la Junta de Gobierno presidida por don José Figueres Ferrer resolvió eliminar el ejército y convirtió, en gesto de gran valor simbólico, el antiguo Cuartel Militar Bellavista en sede del Museo Nacional.
  4. Que la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 consagró la decisión de la Junta en el artículo 12 de la nueva Constitución Politica, el cual reza asi:

    "Se proscribe el ejército como institución permanente. Para la vigilancia y conservación del orden público, el Estado contará con las fuerzas de policía necesarias.
    Sólo por convenio internacional o para la defensa nacional podrán organizarse fuerzas militares, las cuales, lo mismo que las de policía, estarán siempre sujetas al Poder Civil, y no podrán deliberar ni hacer manifestaciones o declaraciones, en forma individual ni colectiva."


  5. Que la abolición del ejército ha hecho posible que se destinen más recursos públicos al desarrollo del país, especialmente en materia de educación, salud y cultura; ha legitimado la via electoral como único camino de acceso al poder, y ha impedido la formación de un grupo militar capaz de cobrar autonomía e intervenir directamente en el destino de una nación.
  6. Que Costa Rica, al desarmarse unilateralmente, ha depositado su confianza en las instituciones internacionales y en los mecanismos de defensa de que ella dispone, siendo los gastos de defensa de Costa Rica mínimos en relación con los ingresos del Estado.
  7. Que la Proclama de Neutralidad, emitida el 17 de noviembre de 1983, es la culminación de un proceso de desarme unilateral y voluntario y recoge los valores nacionales de paz, libertad y no intervención en los asuntos internos de otros paises, y que dicha proclama ha recibido respaldo de numerosas naciones.
  8. Que, al aproximarse Costa Rica a su primer centenario de vida democrática, conviene resaltar el carácter civilista de su pueblo y de sus gobiernos, lo cual ha instaurado una conciencia de paz y la ausencia de una cultura castrense.
  9. Que la abrumadora mayoría de la población costarricense se siente orgullosa de que el país no posea un ejército como institución permanente.
  10. Que en el Año Internacional de la Paz, que se celebra actualmente gracias a los esfuerzos de Costa Rica en las Naciones Unidas, conviene reiterar la vocación nacional de paz, materializada en la supresión del ejército, y recordar los beneficiosos efectos que ha tenido para el desarrollo material y espiritual del país, así como para la convivencia con las demás naciones.

Decretan:

Artículo 1º—Declárase el 1º de diciembre de cada año como "Dia de la Abolición del Ejército".

Articulo 2º—Se insta a todos los costarricenses y a los extranjeros radicados en el país, asi como a las instituciones públicas y a las privadas, a reflexionar sobre este hecho fundamental de la historia patria y a celebrarlo con la dignidad y el decoro que merece la fecha.

Artículo 3º—Rige a partir de su pubilcación.

Dado en la presidencia de la República. -San José, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis.

Oscar Arias Sánchez



La Gaceta Nº 244 del miércoles 24 de diciembre
de 1986, pág. 9.

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